Cuando una persona moral retiene IVA, este IVA no es un IVA ACREDITABLE como tal, derivado de que conforme las disposiciones fiscales aún no lo ha pagado, ejemplifiquemos, la operaciones fue por 100,000 más 16,000 de IVA de los cuales retuvo 10,670.00 por lo que en el DYP deberemos de reflejar que nuestro IVA ACREDITABLE EFECTIVAMENTE PAGADO es …
Realizas retenciones de IVA como las reflejas en el DYP. Pagos Referenciados
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