Avisos en materia de COMPROBANTES FISCALES; Sí adiós al CFD.

por chamlaty

RIPCFD

    Algo que ya nos esperábamos era la fecha póstuma del ADIOS DEL CFD y hasta bondadosa se puso la autoridad al permitirles llegar hasta el 31 de diciembre de 2013, yo le apostaba a que sería junio 2013 el último mes, y más con los avisos indirectos en otras reglas; así que en esta 2da modificación a la RESOLUCION MISCELANEA 2013 del 31 de mayo de 2013 derogan todas las reglas relativa y plasmando el siguiente transitorio;

Décimo
Tercero.

Lo dispuesto en las reglas I.2.7.1.5.; segundo párrafo; I.2.8.1.1.; I.2.8.3.1.6., segundo párrafo; I.2.8.3.1.11.; I.2.8.3.1.12.; I.2.8.3.1.13.; I.2.8.3.1.14.; I.2.8.3.1.16.; I.2.8.3.1.17.; la Subsección I.2.8.3.3., que comprende las reglas I.2.8.3.3.1. y I.2.8.3.3.2.; la regla I.2.9.2., primer párrafo; la Sección II.2.6.2., que comprende las reglas II.2.6.2.1. a la II.2.6.2.6.; el Capítulo II.2.7., que comprende las reglas II.2.7.1. a la II.2.7.6.; la regla II.3.2.1.1., fracción III y las fichas de trámite 111/CFF, 112/CFF, 114/CFF, 119/CFF, 121/CFF, 122/CFF y 123/CFF contenidas en el Anexo 1-A, así como el Anexo 20, fracción I vigentes hasta la entrada en vigor de la presente Resolución, podrá aplicarse hasta el 31 de diciembre de 2013.

Los contribuyentes que emiten CFD, podrán aplicar lo dispuesto en la regla I.2.7.1.15., hasta el 31 de diciembre de 2013.

Así que el aviso ya esta dado. Contribuyentes que usen CFD, a buscar las opciones con las diversos PROVEEDORES AUTORIZADOS DE CERTIFICACION PACS.

Atento a los comentarios.

Miguel Chamlaty.

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