Limitando las DEDUCCIONES PERSONALES a $94,900.00 4 SM APROBADO 2014

por chamlaty

20081224 ShakedownARTICULO ORIGINAL PUBLICADO EL 8/09/2013

APROBADO POR CONGRESO PASA AL EJECUTIVO

Señalaría en su último párrafo del articulo 146 de la probable nueva LISR el tope para las deducciones personales;

El monto total de las deducciones que podrán efectuar los contribuyentes en los términos de este artículo y del artículo 179(cuentas personales del ahorro) , no podrá exceder de la cantidad que resulte menor entre dos salarios mínimos generales elevados al año del área geográfica del contribuyente, o del 10% del total de los ingresos del contribuyente, incluyendo aquéllos por los que no se pague el impuesto.

17/10/2013 APROBADO POR CAMARA DE DIPUTADOS

En razón de que en los últimos años el número de este tipo de deducciones se ha duplicado de 5 a 10, a la vez que su monto se ha incrementado significativamente, por lo cual, entre 2003 y 2011 el monto de las deducciones personales que declararon los contribuyentes creció alrededor de 270% en términos reales. Ello obedece tanto al incremento en el monto deducible así como a la aplicación de nuevos conceptos deducibles, por ejemplo, el pago de colegiaturas.

Considera el Ejecutivo Federal que esta medida ayudaría a lograr un sistema más progresivo y justo, toda vez que el beneficio que otorgan las deducciones personales se concentra en forma desproporcionada en aquellos contribuyentes de mayor capacidad económica. Las estadísticas disponibles muestran que mientras los contribuyentes del primer decil de ingreso obtienen sólo 0.4% del total del beneficio, los del décimo decil obtienen alrededor del 87%; ello, deriva de la alta concentración del gasto en los bienes y servicios deducibles, así como del hecho de que sólo las personas con ingresos superiores a 400 mil pesos están obligadas a presentar su declaración anual, mientras que en su mayoría las personas con ingresos menores a la cantidad mencionada no la presentan, con lo que no ejercen su derecho aun cuando hubieran podido aplicar deducciones personales.

ULTIMO PARRAFO 151 LISR  NUEVA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DOF 11/12/2013

El monto total de las deducciones que podrán efectuar los contribuyentes en los términos de este artículo y del artículo 185, no podrá exceder de la cantidad   que resulte menor entre cuatro salarios mínimos generales elevados al año del área geográfica del contribuyente, o del 10% del total de los ingresos del contribuyente,incluyendo aquéllos por los que no se pague el impuesto. Lo dispuesto en este párrafo, no será aplicable tratándose de los donativos a que se refiere la fracción III de este artículo.

Y con fecha 26/08/2014 El pleno de la Corte declaró, en ese sentido, que el Artículo 151 de la nueva Ley del ISR, que limita a unos 98 mil pesos las deducciones que pueden aplicar las personas físicas por gastos médicos, colegiaturas y transporte, es constitucional. Conoce la versión taquigráfica de esta sesión clic aquí 

DEDUCCIONESPERSONALES

  ASI LAS DEDUCCIONES PERSONALES, MAS NO LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS, SE ENCUENTRA TOPADAS A PARTIR DE ESTE AÑO 2014, QUE DEDUCCION PERSONAL ES LA MÁS COMÚN ENTRE LOS CONTRIBUYENTES,  LOS HONORARIOS MÉDICOS  Y LOS SEGUROS DE GASTOS MÉDICOS.

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