Seguimos con el CANTINFLEO, un botón en LISR. INFORMATIVAS

por chamlaty

  20238-EPN_Cantinflas

Que nos trataron de decir, que las informativas de años atrás a 2014 tenemos 2015 y 2016 para cumplirlas, o bien trataron de decirnos que sigamos presentando INFORMATIVAS en 2014 Y 2015 con base a ley abrogada.

INFORMATIVAS

TRANSITORIO  NOVENO FRACCIÓN LISR.

X.-  Para los efectos de la obligación de presentar las declaraciones informativas y constancias establecidas en los artículos 86, fracciones III (constancias extranjeros), IV (constancias retenciones honorarios), VIII (clientes y proveedores), IX (informativa pagos extranjeros), X (informativa retenciones arrendamientos), XIV (constancia e informativa dividendos), 101, VI (informativa no lucrativas a extranjeros y donativos), 118, III (informativa salarios), V (informativa subsidio para el empleo), 143, ultimo párrafo (informativa arrendamiento), 144 (constancias retenciones fideicomiso) y 164 (constancia informativa premios) de la Ley del lmpuesto sobre la Renta que se abroga, se deben cumplir con dicha obligación en los términos de esa Ley, a partir del 1 de enero de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2016.

UFF que cosas con esta NUEVA LISR.

 

Atento a sus opiniones.

Miguel Chamlaty

www.sfai.chamlaty.com

 

PD 09/02/2015

Ante la pregunta insistente de si estamos obligados presentar las informativas por el año 2014, vuelvo a recordar este punto e igual poner atención sobre el detalle de las CONSTANCIAS, por lo que siguen vigentes en base a las formas que conocemos en papel e igual bajo el PROGRAMA DIM.

Te podría interesar

3 Comentarios