Para abordar el tema primero recordemos que acorde a la 3ra modificación a la resolución miscelánea 2016 de fecha 14 de julio de 2016 debimos haber presentado un aviso en ciertos supuestos para ejercer la facilidad del uso de «MIS CUENTAS» y liberarnos de cuestiones de CONTABILIDAD ELECTRÓNICA y su ENVÍO a más tardar el 31 de diciembre…
Ejercer la opción de «MIS CUENTAS» en el año 2017. ¿Aviso o no? ¿Prórroga?
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