FUNDAMENTACIÓN excesiva en actos de autoridad.

por chamlaty

Y precisamente ya lo dice el viejo y reconocido refrán…    CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN VII-P-2aS-1051 FUNDAMENTACIÓN EXCESIVA DE LOS ACTOS DE AUTORIDAD. NO IMPLICA SU ILEGALIDAD.-  El Poder Judicial de la Federación en múltiples criterios ha profundizado en la interpretación y alcance de lo dispuesto en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados…

Te podría interesar