El informe de transparencia para donatarias será ahora en MAYO para 2018.

por chamlaty

  Para este año 2018, la RESOLUCIÓN MISCELÁNEA nos ha ofrecido cambios sutiles, siendo uno de ellos el relacionado con el anexo 1-A en materia de TRÁMITES FISCALES alrededor de DONATARIAS AUTORIZADAS, en este caso particular alrededor del INFORME DE PARA GARANTIZAR LA TRANSPARENCIA, siendo esencial su presentación,  es así que hemos estado acostumbrados a prórrogas para presentarla, ya que recordemos que hasta el año  2017, se señalaba que su presentación era durante los meses de agosto y septiembre, observemos ahora la ficha de trámite siguiente;

 

19/ISR       Informe para garantizar la transparencia, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación
¿Quiénes lo presentan?

a)        Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR.

b)        Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR que presenten aviso de liquidación o cambio de residencia conforme a la regla 3.10.22.

c)         Personas Morales con fines no lucrativos y Fideicomisos a los que se les haya revocado o no se les haya renovado la autorización por el incumplimiento de la obligación de poner a disposición del público en general la información relativa al uso o destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación;

d)        Personas Morales con fines no lucrativos y Fideicomisos que la vigencia de su autorización para recibir donativos deducibles en términos de la Ley de ISR, haya concluido y no se haya obtenido nuevamente o renovado dentro del plazo de doce meses.

¿Dónde se presenta?

En el Portal del SAT, en el programa electrónico “Transparencia de las Donatarias Autorizadas”

¿Qué documento se obtiene?

Acuse de recibo.

¿Cuándo se presenta?

·              Los contribuyentes citados en el inciso a), en el mes de mayo de cada año, respecto del ejercicio inmediato anterior.

·              Los contribuyentes mencionados en el inciso b) conforme al plazo señalado para la presentación del aviso de cancelación en el RFC por liquidación total del activo y de cancelación en el RFC por cese total de operaciones a que se refieren las fracciones XIV y XV de la regla 2.5.16. de la RMF, respectivamente.

·              Los contribuyentes señalados en el inciso c), previamente a la solicitud de nueva autorización señalada en la regla 3.10.13. de la RMF.

·              Los contribuyentes referidos en el inciso d), dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha en que hayan transcurrido los seis meses que se tienen para la transmisión de los donativos que no fueron destinados para sus fines.

Requisitos:

·              En el programa electrónico, se deberá especificar:

–          Fecha de la Autorización

Patrimonio:

–          Activo Circulante

–          Activo Fijo

–          Activo Diferido

Totales:

–          Activo

–          Pasivo

–          Capital

Ingresos del Ejercicio:

–          Donativos recibidos en especie

–          Donativos recibidos en efectivo

–          Tipo de donante

–          Monto total de los donativos recibidos en efectivo

–          Otro tipo de ingresos: concepto y monto

Estado de Egresos:

–          Monto total de la plantilla laboral

–          Monto total de percepciones netas del Consejo de Administración o Directivos análogos

–          Monto total

–          Gastos de Administración

–          Gastos de Operación

–          Gastos de Representación

–          Montos destinados y conceptos, ejercidos en el desarrollo directo de su actividad

–          Monto total

–          Donativos otorgados y beneficiarios

–          Monto total de los donativos otorgados

Actividades:

–          Sector beneficiado

–          Actividad

–          Número de beneficiarios

–          Entidad Federativa

–          Municipios

Información relativa a actividades destinadas a influir en la legislación (sólo en caso de que la Organización civil o fideicomiso autorizado las realice):

a)        Señalar la materia objeto de estudio.

b)        Señalar la legislación que se pretende promover.

c)         Señalar los legisladores con quienes se realice las actividades de promoción.

d)        Especificar el sector social, industrial o rama de la actividad económica que se beneficiaría con la propuesta.

e)         Mencionar los materiales, datos o información que aporten a los órganos legislativos, claramente identificables en cuanto a su origen y autoría.

f)         Señalar las conclusiones.

g)        Informar acerca de cualquier otra información relacionada que determine el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general (cuando aplique).

Estados Financieros:

–          Señalar si dictamina estados financieros y en su caso nombre y número de registro del Contador Público Registrado que dictaminó el estado financiero del ejercicio, así como su teléfono.

–          Señalar si autoriza solicitar información al Contador Público Registrado.

–          Aceptación del contrato de registro de información.

–          Nombre de la persona responsable de la captura de la información.

La información declarada será responsabilidad directa de la organización civil o fideicomiso autorizado para recibir donativos deducibles del ISR y se rendirá “bajo protesta de decir verdad”.

Condiciones:

·              Contar con e.firma

·              Requerimientos técnicos del equipo de cómputo. Plataforma: Windows 7; Explorador: Internet Explorer 8; Sitio de descarga: Sitio WEB.

Información adicional:

No aplica

Disposiciones jurídicas aplicables

Art. 82 Ley del ISR, 36, 134 Reglamento de la Ley del ISR, Reglas 3.10.2., 3.10.10., 3.10.11., 3.10.22.  3.10.23. RMF.

   Tristemente el sistema al parecer seguirá siendo el mismo que deja mucho que desear por tener que usar sistemas que tengan sistemas operativos y navegadores viejos,  así como tener que ajustar cuestiones de vulnerabilidad, como son los controles activex para poder enviar la información.

  Así que a enviar la información de transparencia en mayo 2018, atentos  ante cualquier prórroga sobre el tema.

 

Miguel Chamlaty

www.sfai.mx

Te podría interesar