El @satmx en su afán de aclarar confunde más en materia del CFDI y el CRP.

por chamlaty

Visitando el portal SAT en el espacio de facturación electrónica fechado con actualización del 20 de marzo 2018  nos encontramos que  la autoridad publica una  «NOTA DE INTERÉS»  que expresa una aclaración  que tardaron en señalar  prácticamente 4 meses, observemos;

Honestamente me desconcertó leer esta «aclaración-confusión» 4 meses después  e indicó dicho plazo porque fue cuando dieron a conocer esos dos nuevos tipos de relación en los catálogos, en el cual  ahora hacen una vinculación entre el bastante diferido COMPLEMENTO PARA RECEPCIÓN DE PAGO y la emisión de una factura que ampare el pago «en sustitución» de dicho complemento y la pregunta ¿Dónde esta normado dicha situación de utilizar dichas relaciones en sustitución del complemento respectivo? ¡¡En una nota de interés!!

Lo del tema de las parcialidades y su comprobante fiscal es un tema que como tal surgió en el año 2012,  para recordar el tema invito  dar clic al comentario de ese entonces, clic aquí. Para  el año 2013 surgió este otro criterio para evitar el emitir comprobantes por parcialidades, clic aquí. 

 

Y para el año 2014 deciden modificar la redacción para eliminar la expresión parcialidades y ahora ser más precisos con relación a los comprobantes fiscales y los pagos a dichos comprobantes, y que tales comprobantes se emitirán acorde a lo que dispongan las  reglas de carácter general  es así como  las reglas surgieron a mediados del 2016 con el tema del COMPLEMENTO PARA RECEPCIÓN DE PAGOS, y que sabemos su historia de aplazamiento de obligatoriedad.  

 Con el anterior repaso nos debe quedar claro lo incierto del tema, ahora recordemos que la autoridad pretende decir que es una PRÁCTICA FISCAL INDEBIDA la no emisión del comprobante en parcialidades o no vinculación con la factura origen, esto en base a materiales que difundió a finales del año 2017,  observemos el siguiente gráfico;

 

Como podrán observar la autoridad pareciera que sigue con la idea de parcialidades cuando  dicho concepto ya no es usado  en el CFF, la autoridad nunca señaló la forma de dar cumplimiento con esta situación para evitar doble acumulación de ingresos, ya que muchos en su afán papista de cumplir con la emisión de comprobantes por cada pago emitieron CFDIs  por el valor total de la operación y por cada pago, tenemos el caso de las agencias de autos y arrendadoras financieras, que tuvieron problemas con la autoridad ya que para el SAT tenían más ingresos que los que estaban manifestando en sus declaraciones.

     Considero que este criterio de interpretación que emite la autoridad no está regulado por ninguna disposición normativa,  ya que lo que en todo caso está regulado es el COMPLEMENTO PARA RECEPCIÓN DE PAGOS  y el cual su obligatoriedad se encuentra diferido hasta el 1 de septiembre de 2018, pretender que en lugar de ello usemos los tipos de relación 08 – 09 es verdaderamente un exceso que solamente generará mayor confusión, aunado a conflictos prácticos en la emisión de comprobantes fiscales  y que en lugar de abonar a buenas relaciones comerciales clientes proveedor, lleva a caprichos en la emisión de comprobantes fiscales y hasta a amenazas de no pagar una operación de no emitirse de cual o tal manera, que ya empiezan las cuestiones ¿Debo  emitir comprobantes de pagos con está relación por las operaciones de meses pasado o bien solicitarlos  en el caso del receptor?  Nuevamente cuestiono, no observo tal obligación en disposición normativa.

  Pero bueno ruego al criterio que han señalado funcionarios del SAT, de encontrarnos  TODOS en una curva de aprendizaje sobre el tema, debiendo ser más importante el fondo de las operaciones que un comprobante fiscal, ya que las preocupaciones no deben enfocarse en que si se puso el método  o forma de pago correcto, que si la unidad de medida, que si describió correctamente, etc, etc.

  SAT por favor sean prácticos y observen el panorama  completo de las transacciones del día a día que se celebran en nuestro país, se entiende el afán fiscalizador, pero realmente creen que los contribuyentes entienden estos temas.

  Sería del criterio de esperar que más «aclaraciones» señala el SAT.

Atento a sus comentarios.

Miguel Chamlaty 

www.revista.actualizandome.com

 

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