Un detallito previo a iniciar el uso del JUICIO EN LINEA.

por chamlaty

linea

Las diversas  reformas a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días 12 de junio de 2009 y el 10 de diciembre de 2010, crearon el Juicio en Línea, que entró en funcionamiento el día 7 de agosto de 2011.

 

Bien ya el sistema esta en funcionamiento, pero sin duda estaremos en una etapa de experimentación y el detalle al cual me deseo referir en esta ocasión, que si bien es cierto debemos tener tanto como ABOGADO o bien como CONTRIBUYENTE promovente del juicio, la famosa FIRMA ELECTRONICA AVANZADA, déjenme decirles que adicionalmente deberemos tramitar un usuario y contraseña para accesar al servicio del JUICIO EN LINEA.

Los requisitos para realizar el trámite de Registro de Usuarios Externo, de conformidad con el artículo 6 de los Lineamientos Técnicos y Formales para la Sustanciación del Juicio en Línea, son  los siguientes:

“Artículo 6.- Para el otorgamiento de la Clave de Acceso y generación de  contraseña, las personas físicas se apersonarán en el Módulo de Registro en el que deberán cumplir con los siguientes requisitos:

I. Llenar la solicitud para obtener la Clave de Acceso y generar la Contraseña, disponible encada módulo de registro;

II. Proporcionar su nombre completo;

III. Precisar su domicilio (calle, número exterior e interior, calles que la circundan, colonia, ciudad, código postal, delegación o municipio, entidad federativa y país);

IV. Proporcionar su correo electrónico particular o institucional, en su caso;

V. Indicar su Clave Única de Registro de Población (CURP) siempre que se trate de
personas físicas de nacionalidad mexicana;

VI. Precisar su nacionalidad;

VII. Exhibir su identificación oficial, y

VIII. Presentar el documento certificado con el que acredite su personalidad, cuando el tramite lo realice en representación de otra persona física.

Los documentos mencionados en las fracciones VII y VIII deberán presentarse en
original o copia certificada para cotejo y copia simple.

Y todo estuviera bien, pero el “detallito” es que debe realizarse de manera personal dicho trámite, con los inconvenientes que acarrea esto para todos aquellos PROMOVENTES DEL JUICIO EN LINEA, sobre todo para aquellos que tengan que desplazarse para acudir a los módulos respectivos, pudiendo en todo caso con la misma FIRMA ELECTRONICA AVANZADA, generar este usuario y contraseña se manera remota.

Así que esto es parte de lo que como abogados y asesores deberemos de considerar, para armar un viajecito para que nuestro cliente promovente del juicio en línea, genere por 1ra vez este usuario y contraseña, así que ubica cual te queda más cerca;

tffjuicioenlinea

Me reitero a la orden con sus comentarios.

Te podría interesar

2 Comentarios