Tarifa de personas físicas y tasa aplicable a las personas morales ISR, Se mantiene 30% #LIF2013 DOF 17/12/2012

por chamlaty

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OFICIALIZADO 17/12/2012 DOF 

Es claro que todavía existen riesgos importantes en el entorno económico internacional, por lo que se considera conveniente que se prolonguen las medidas adoptadas, las cuales han permitido evitar un debilitamiento estructural de las finanzas públicas.

Por lo anterior, es necesario contar con un sistema tributario que permita fortalecer la recaudación para dar viabilidad financiera a los programas de gasto social y con ello tender hacia una distribución más equitativa y una sociedad más justa.

En este sentido, ante los acontecimientos económicos de la esfera internacional y en espera de la revisión integral que se realice de las diversas disposiciones tributarias, el Ejecutivo Federal a mi cargo propone a esa Soberanía mantener durante el ejercicio fiscal de 2013 los mismos niveles y tasas marginales de la tarifa que para 2012 se aplican a las personas físicas y la misma tasa que se aplica a las personas morales contribuyentes del ISR.

Así, en materia del ISR para las personas físicas, se propone aplicar la tarifa vigente al 31 de diciembre de 2012, manteniendo la tasa marginal máxima en 30 por ciento.

De la misma manera, con el objeto de no afectar el esquema de integración del impuesto corporativo con el impuesto personal, y evitar así el arbitraje tributario, se propone también que para el ejercicio fiscal de 2013, se conserve la tasa del impuesto sobre la renta empresarial de 30 por ciento.

En congruencia con lo anterior, también se somete a consideración de ese H. Congreso de la Unión mantener la reducción del 30 por ciento del ISR aplicable a los contribuyentes del sector primario, a fin de que el diferencial en puntos de tasa con respecto a la tasa general sea igual al que se aplicó en 2012.

a. Para los efectos del primer párrafo del artículo 10 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se aplicará la tasa del 30 por ciento.
b. Cuando conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta se deba aplicar el factor de 1.3889 se aplicará el factor de 1.4286.
c. Cuando conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta se deba aplicar el factor de 0.3889 se aplicaráel factor de 0.4286.
d. Cuando conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta se deba aplicar la reducción del 25 por ciento se aplicará la reducción del 30 por ciento.
e. Para los efectos del artículo 113 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se calculará el impuestocorrespondiente conforme a las disposiciones contenidas en dicho precepto, aplicando la tarifa vigente al 31 de diciembre de 2012.
f. Para los efectos del artículo 177 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se calculará el impuestocorrespondiente conforme a las disposiciones contenidas en dicho precepto, aplicando la tarifa vigente al 31 de diciembre de 2012.
g. Para los efectos del artículo 224, fracciones IV, IX, X, XIII, segundo párrafo, y XIV, de la Ley delImpuesto sobre la Renta se aplicará la tasa del 30 por ciento.

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