R.M.F. 2011 habrá que estudiarla…

por chamlaty

Se publica la Resolución Miscelánea 2011, 1/07/2011, reiterando que esta abroga la anterior y que actualmente ya no cuentan con una vigencia preestablecida.

  Así que  empieza su análisis y localizar cambios de relevancia con relación a la anterior, aquí un ejemplo de un cambio, que considero se tardaron en implementar con el famoso IETU con el fin de evitar los  cientos de miles por no decir millones de avisos de compensación por IETU-ISR.

Compensación de pagos provisionales de IETU contra ISR del ejercicio a pagar

I.4.3.1. Para los efectos del artículo 8 de la Ley del IETU, los contribuyentes antes de efectuar el acreditamiento a que se refiere el tercer párrafo del artículo citado, podrán compensar los pagos provisionales del IETU efectivamente pagados correspondientes al ejercicio fiscal de que se trate, contra el ISR propio que efectivamente se vaya a pagar correspondiente al mismo ejercicio, hasta por el monto de este último impuesto. En este caso, la compensación efectuada se considerará ISR propio efectivamente pagado.

Los contribuyentes que apliquen la opción a que se refiere el párrafo anterior, no podrán acreditar en los términos del artículo 8, tercer párrafo de la Ley del IETU, los pagos provisionales de dicho impuesto que hubieran compensado en los términos de esta regla ni solicitar su devolución. Asimismo, quedarán relevados de presentar el aviso de compensación que se señala en la regla II.2.2.6.

LIETU 8, RMF 2011 II.2.2.6.

Y bien ya esta circulando el análisis de la permanencia del IETU en nuestro sistema fiscal de la SHCP.

Y sigan a los #cptwitter  en sus aportaciones interesante que surgirán con esta RMF.

Un ejemplo:

 

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ScreenHunter_02 Jul. 01 11.47

ScreenHunter_01 Jul. 01 11.45

 cfdimpreso

 

rmf2011

             Y ya me andan correteando…

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