Las leyes son claras, o al menos deberían de serlo y aun mas cuando a las autoridades fiscales se les otorgan atribuciones que pudieran afectar a los contribuyentes al no estar o saber diferenciar y tener delimitadas estas. Para esto tomando en cuenta lo que nos menciona y que el cual se encuentra sustentado con el Artículo 5 del Código Fiscal de la Federación, que a la letra dice:
Las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que fijan las infracciones y sanciones, son de aplicación estricta. Se considera que establecen cargas a los particulares las normas que se refieren al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa.
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