SOBRE #CFDI Y SU AUTENTICACIÓN….

por admin

 

Pregunto en el  MODELO #CFDI , si el COMPROBANTE  al validar nos dice que no es autentico ya no  PODEMOS Deducirlo o acreditar??

Esta reflexión me  la hago por la forma en que esta redactado el 3 párafo del 29 CFF

Los  contribuyentes que deduzcan o acrediten fiscalmente con base en los comprobantes  fiscales digitales, incluso cuando dichos comprobantes consten en
documento impreso, para comprobar su autenticidad, deberán consultar en la
página de Internet del Servicio de Administración Tributaria si el número de
folio que ampara el comprobante fiscal digital fue autorizado al emisor y si el
certificado que ampare el sello digital se encuentra registrado en dicho órgano
desconcentrado y no ha sido cancelado.

Mientras que en  materia de COMPROBANTES CON CODIGO DE BARRAS BIDIMENSIONAL, se  expresa de otra forma esto, observen  8vo párrafo 29 CFF;

Para  poder deducir o acreditar fiscalmente con base en los
comprobantes a que se refiere el quinto párrafo de este artículo, quien los
utilice deberá cerciorarse de que el nombre, denominación o razón social y clave
de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes de quien aparece en los
mismos son los correctos,
así como comprobar la autenticidad del dispositivo
de seguridad y la correspondencia con los datos del emisor del comprobante, en
la página de Internet del Servicio de Administración
Tributaria.

ESPERO SUS COMENTARIOS Y
OPINIONES….

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