Preguntas Frecuentes en Materia de Lavado de DINERO realizadas a la CNBV SOFOM ENR

por chamlaty

lavadoDINERO

DERIVADO DE PUBLICACION DEL 3 DE AGOSTO DE 2011 EN DOF, HAY QUE TENER MUY PRECISADAS YA QUE SON OBLIGACIONES QUE SE LES IMPONE PARA EFECTOS DE PREVENIR EL LAVADO DE DINERO, sin duda para ir controlando más estas entidades que han brotado en exceso en el país.

A) Sofomes ENR

1. ¿Las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple No Reguladas (Sofomes ENR), que ya se encuentran registradas ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) deben presentar nuevamente la solicitud de registro?

Respuesta.-No es necesario que las Sofomes ENR presenten nuevamente dicha solicitud. Sin embargo, se sugiere acudir a la CONDUSEF a actualizar sus datos de registro, toda vez que a partir de ellos la CNBV mantendrá contacto inicial con dichas entidades.

2. ¿Ante quién debo presentar mi solicitud de registro si me constituí como Sofom ENR en fecha posterior al 3 de agosto de 2011?

Respuesta.-Deberá presentarla ante Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), dentro de los diez días hábiles posteriores a la inscripción del acta constitutiva correspondiente en el Registro Público de Comercio.

3. ¿Ante quién debo presentar mi Manual de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo?

Respuesta.- Deberán presentarlo en la Oficialía de partes de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, mediante escrito dirigido a la Vicepresidencia de Supervisión de Procesos Preventivos, en la siguiente dirección: Insurgentes Sur número 1971, Conjunto Plaza Inn, nivel fuente, Colonia Guadalupe Inn, C.P. 01020 en México, Distrito Federal, el manual debe presentarse, preferentemente, en disco compacto.

4. Vivo en el interior de la República ¿tengo que ir a la Ciudad de México a entregar mi Manual de prevención de lavado de dinero?

Respuesta.- Podrá enviarlo por correo o mensajería a la oficialía de partes de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores,  mediante escrito dirigido a la Vicepresidencia de Supervisión de Procesos Preventivos ubicada en Insurgentes Sur número 1971, conjunto Plaza Inn, nivel fuente, Colonia Guadalupe Inn, C.P. 01020 en México, Distrito Federal.

Se sugiere que la remisión se realice por correo certificado o mensajería a fin de que cuente con el acuse de recibo respectivo.

5. ¿Cuál es la fecha límite para presentar mi Manual de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo?

Respuesta.- A más tardar el 17 de diciembre de 2011.

6. ¿Ante quién debo presentar la integración del Comité de Comunicación y Control?

Respuesta.- Deberán presentarlo en la Oficialía de partes de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, mediante escrito dirigido a la Vicepresidencia de Supervisión de Procesos Preventivos, en la siguiente dirección: Insurgentes Sur número 1971, Conjunto Plaza Inn, nivel fuente, Colonia Guadalupe Inn, C.P. 01020 en México, Distrito Federal.

7. ¿Cuándo debo comunicar la integración del Comité de Comunicación y Control?

Respuesta.- A más tardar el 17 de diciembre de 2011.

8. ¿Ante quién debo presentar la designación del Oficial de Cumplimiento?

Respuesta.- Deberán presentarlo en la Oficialía de partes de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, mediante escrito dirigido a la Vicepresidencia de Supervisión de Procesos Preventivos, en la siguiente dirección: Insurgentes Sur número 1971, Conjunto Plaza Inn, nivel fuente, Colonia Guadalupe Inn, C.P. 01020 en México, Distrito Federal.

9. ¿Cuándo debo informar sobre la designación del Oficial de Cumplimiento?

Respuesta.- A más tardar el 17 de diciembre de 2011.

10. ¿A través de qué medio se harán los reportes de operaciones relevantes, inusuales e internas preocupantes?

Respuesta.- El envío de los reportes de operaciones relevantes, inusuales e internas preocupantes se hará a través del portal del Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información (“SITI”) de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Actualmente, la Comisión está trabajando en el desarrollo del sistema automatizado que se requiere para tales efectos.

11. ¿Cómo obtengo la clave para poder enviar los reportes de operaciones relevantes, inusuales e internas preocupantes a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores?

Actualmente estamos trabajando en el mecanismo para la entrega de las claves para el envío de reportes a través del SITI, de tal manera que en el transcurso de las próximas semanas se dará a conocer información adicional en el portal de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para la obtención de las citadas claves

 

La información contenida en este apartado tiene como único propósito proporcionar orientación respecto del contenido del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de agosto de 2011, por lo que no prejuzga sobre la realización de cualquier acto que implique la emisión de criterio o autorización de alguna autoridad, en términos de las disposiciones aplicables.

Ultima Modificación: 15/11/2011  ORIGEN DE LA INFORMACION
http://www.cnbv.gob.mx/Paginas/PrevencionPreguntasFrecuentes.aspx

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