¿Renovar FIRMA ELECTRÓNICA estando CADUCADA se podrá?

por chamlaty

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ACTUALIZACIÓN 2020-  POR PANDEMIA A LAS PERSONAS FÍSICAS QUE TENGAN MÁXIMO UN AÑO CADUCADAS SU EFIRMA, LE PERMITEN RENOVAR VÍA SAT ID.

IMPORTANTE SE GENERA UN .REQ NO UN .REN PARA  USAR EL SAT ID.

SI ES PRIMERA VEZ NO SE PUEDE USAR LA OPCIÓN, DEBE ACUDIR A LAS OFICINAS AL TRÁMITE.

EL SAT ID SOLO ES PARA PERSONAS FÍSICAS, PERO YA DEJAN TRAMITAR PARA PERSONAS MORALES CON E FIRMA CADUCA MENOR A UN AÑO MEDIANTE UN CASO DE ACLARACIÓN, AQUÍ LOS DETALLES EN LA LIGA. https://www.amcp.mx/4to-anteproyecto-de-la-1ra-modificacion-rmf-2021-renovar-e-firma-caducada-de-personas-morales/


LO ANTERIOR YA ES DEL 2013– NO APLICABLE.

Y en efecto derivado de la modificación al ANEXO 1-A de la RESOLUCIÓN MISCELÁNEA 2013 publicado el 13 de noviembre de 2013, resulta que ya podremos RENOVAR FIELES aunque estén caducadas, lo cual es una noticia interesante, que permitirá que no se saturen tanto las ALSC del país para la tramitación de dichas firmas electrónicas y más si consideramos que habrá SATURACIÓN derivado de la necesidad de contar con dicho instrumento para 2014, esto esta señalado en la siguiente ficha técnica del trÁmite de renovación de FIEL que señala lo siguiente;

109/CFF Renovación del certificado de FIEL

¿Quiénes lo presentan?

Personas físicas y personas morales que cuenten con certificado de FIEL cuyo período de vigencia esté por concluir o haya vencido.

¿Dónde se presenta?A través de la página de Internet del SAT.

Ante cualquier ALSC, se atiende preferentemente con cita.

¿Qué documentos se obtienen?Nuevo Certificado de FIEL.
¿Cuándo se presenta?Cuando el contribuyente requiera generar un nuevo certificado de FIEL, sin importar que el período de vigencia del certificado de FIEL esté por concluir o haya vencido.

Requisitos:

I. Renovación a través de la página de Internet del SAT, en la sección servicio de renovación de certificados a través de Internet, para lo cual deberá contar con lo siguiente:

1. Certificado digital vigente o el último certificado de FIEL caduco siempre que a la fecha de trámite de renovación, haya transcurrido como máximo 12 meses a partir de la fecha y hora de su vencimiento (*.cer).

2. Llave privada del certificado activo (*.key).

3. Contraseña de la llave privada.

Para renovar su certificado digital en Internet debe hacer lo siguiente:1. Descargue la versión actualizada de la aplicación Solcedi, ingrese al rubro de “Sistema”, elija la opción “Requerimiento Fiel”, y llene los datos que le solicita el sistema. No olvide seleccionar la opción “Solicitud de Renovación”.

2. Continúe llenando los datos que se requieren en las pantallas que despliega el sistema, consistentes en:

o Contraseña de su clave privada.

o Ruta donde guardará su requerimiento y

o Ruta donde guardará su archivo de llave privada.

3. El sistema emitirá un mensaje que se ha generado un requerimiento y que puede generar un archivo con formato para enviarlo por Internet, de clic en el rubro “Si”. El sistema abrirá una pantalla donde le pide seleccionar:

o Ruta donde se encuentra su archivo de certificado digital actual (el archivo que se va a renovar);

o Su clave privada correspondiente a ese archivo con su respectiva contraseña de acceso;

o Ruta donde guardará su archivo de renovación y posteriormente de clic en el rubro “Generar”.

Procure no confundir esta llave con la nueva que acaba de generar.

4. Acceda al servicio de renovación de certificados en línea.

5. Dentro de este servicio, seleccione la opción «Renovación de certificados».

6. Indique la ruta en donde se encuentra resguardado su requerimiento digital ensobretado y presione la opción «Enviar». Se desplegará en pantalla un acuse que ampara la operación.

7. Seleccione la opción «Descarga de certificados» y obtenga su nuevo certificado de FIEL.

A partir de este momento su certificado digital anterior, y su correspondiente llave privada, carecerán de validez para firmar documentos electrónicos o acceder a las aplicaciones disponibles con certificado de FIEL. De ahora en adelante deberá utilizar los archivos que acaba de generar.

La presente facilidad no resultará aplicable en los casos de cambio de representante legal de las personas morales; de personas físicas con incapacidad legalmente declarada y de menores de edad o de personas físicas en apertura de sucesión, por lo que el SAT no podrá relevar de la comparecencia personal ante dicho órgano para acreditar su identidad.

II. Renovación de forma personal ante cualquier ALSC o Módulo de Servicios Tributarios donde se brinda el servicio, con la siguiente documentación:

Tratándose de Personas físicas:

· Cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal del contribuyente o representante legal, sin que sea necesariamente alguna de las señaladas en el Apartado de Definiciones de este Anexo.

· Dispositivo USB o CD con el archivo con terminación .req que generó el programa SOLCEDI.

· Tratándose de menores de edad o incapacitados escrito “bajo protesta de decir verdad” en el que ratifique que continúa con la representación ya acreditada. (El formato del escrito le será proporcionado en la ALSC al momento de realizar el trámite)

Tratándose de Personas morales:

· Cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal del representante legal, sin que sea necesariamente alguna de las señaladas en el Apartado de Definiciones de este Anexo.

· Dispositivo USB o CD con el archivo con terminación .req que generó el programa.

· Escrito “bajo protesta de decir verdad” en el que ratifique que continúa con la representación de la persona moral ya acreditada (El formato del escrito le será proporcionado en la ALSC al momento de realizar el trámite).

En caso de que se trate de un representante legal diferente al que originalmente realizó el trámite de certificado de FIEL, se deberá realizar lo siguiente presentar.

· Tramitar la FIEL como persona física con la documentación señalada en el rubro 91/CFF Obtención del certificado de FIEL, Apartado Personas Físicas.

· Solicitar la actualización del expediente electrónico de la Persona moral ante la ALSC o Módulos de Servicios Tributarios donde tramitó su FIEL por primera vez.

· Cuando se encuentre actualizado el expediente electrónico se deberá tramitar la Fiel de la persona moral con la documentación señalada en el rubro 91/CFF Obtención del certificado de FIEL, Apartado Personas Morales.

Disposiciones jurídicas aplicablesArt. 17-D CFF.

  Así que si nuestra FIEL no ha pasado más de un año de su vencimiento podremos renovarla, hecho que antes no se podía derivado del rechazo del sistema al señalar que nuestra fiel ya estaba caducada, así que renovar fieles vencidas.

Apenas intentaré tramitar una FIEL CADUCADA y veremos si me lo acepta en estos últimos días de 2013, Porque no encontré el porque hasta 2014, siendo que no hay señalamiento expreso en la ficha para su entrada en vigor como tal y solamente esta este anuncio en la pagina del SAT.

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Agradezco a ALBERTO @POLLOMEX el compartir esta información, ya que en efecto gracias a la labor de varios compañeros podemos estar atentos a la diversidad de publicaciones y compartirla como en este caso, ya que ante el mundo de información fiscal en ocasiones se nos escapan algunos detallitos de interés como el expresado en este breve articulo.

Atento a los comentarios.

Miguel Chamlaty

www.revista.actualizandome.com

PD año 2015 SI BUSCAS RENOVAR UNA FIEL VENCIDA , REALMENTE FUE UN MITO, porque muchos nunca pudimos tramitarlo, algunos señalaron que si, pero creo que se le complicó a la autoridad, y decidió eliminar dicho trámite  de la ficha respectiva en el ANEXO 1-A

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