¿Un contribuyente RIF paga PTU?

por chamlaty

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   Desde luego que los contribuyentes RIF pagan PTU, si tiene trabajadores y las utilidades respectivas, estará en el supuesto, tanto que en estas REFORMAS FISCALES 2016,  se aclara  el momento de pago, derivado  de que dichos contribuyentes NO PRESENTAN ANUAL.

 

  
  Recordemos el siguiente párrafo del artículo 111, resaltando la parte reformada para el 2016;

 

Para los efectos de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, en términos de esta Sección, la renta gravable a que se refieren los artículos 123, fracción IX, inciso e) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 120 y 127, fracción III de la Ley Federal del Trabajo, será la utilidad fiscal que resulte de la suma de las utilidades fiscales obtenidas en cada bimestre del ejercicio. Para efectos del artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo, el plazo para el reparto de las utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba presentarse en los términos del artículo 112 de esta Ley, la declaración correspondiente al sexto bimestre del ejercicio de que se trate.

 

   Bajo la premisa  del ejercicio fiscal y el sexto bimestre, es el correspondiente a NOVIEMBRE – DICIEMBRE (dejo fuera la polémica del año de tributación  en RIF para otro momento 3.13.3) y que dicha declaración se presenta en enero a más tardar el último día acorde a RMF 2.9.2.  y así considerar los 60 días por lo que el pago sería en todo caso los primeros días del mes de abril.

  Considerando que las PERSONAS FISICAS que   tienen obligación de presentar declaración anual durante el mes de abril, y que la PTU la vienen pagando en junio, surge la siguiente regla;

CFF 31, LISR 111, 112, LIVA 5-E, LIEPS 5-D

 

Cómputo del plazo para que los patrones que tributen en el RIF paguen la PTU

11.7.1.1. Para los efectos del artículo 111, séptimo párrafo de la Ley del ISR, los contribuyentes que tributen en términos del RIF, podrán efectuar el pago del reparto de las utilidades a sus trabajadores, a más tardar el 29 de junio de 2016.

LISR 111

   Así que ahí tienen este detalle de la fecha de PAGO DE PTU de un CONTRIBUYENTE RIF.

 

Atento a sus comentarios.

Y seguiremos analizando las REFORMAS FISCALES 2016 y sus detalles con reglas misceláneas.

 

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