4 puntos a considerar para acceder a la exención de ISR ante la enajenación de derechos parcelarios.

por chamlaty

Recordemos el siguiente fundamento sobre la exención en materia de enajenación de derechos parcelarios, que encontramos en el artículo 93 fracción XXVIII que señala; 93.- No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos: XXVIII.- Los que deriven de la enajenación de derechos parcelarios, de las parcelas sobre las que hubiera adoptado el dominio…

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