Despidiendo la estrategia sobre «bebidas energetizantes» para el año 2020 a encontrarle otra.

por chamlaty

Recordemos que fue para el año 2011 que se incorporó en la LEY del IEPS una carga fiscal a las bebidas energetizantes del 25% en el artículo 2 Fracción I inciso F, que señala; F. Bebidas energetizantes, así como concentrados, polvos y jarabes para preparar bebidas energetizantes 25% Pero que entender por una bebida energetizante, para ello en el artículo…

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