IVA acreditable pagado en el pedimento, ajustando la redacción, paquete económico 2022.

por chamlaty

Y siguen los ajustes en redacción en la ley del IVA para evitar «malas interpretaciones» por parte de los contribuyentes, aclaran lo relativo al IVA en pedimentos a efectos de aclarar quien es el que puede acreditar dicho impuesto. 

Actualmente, el artículo 5o. de la Ley del IVA establece los requisitos que los contribuyentes deben cumplir para efectuar el acreditamiento del IVA que les sea trasladado, así como el pagado en la importación.

Tratándose del acreditamiento del IVA pagado en la importación, el pedimento es el documento que ampara el pago del impuesto, el cual tiene el carácter de una declaración en los términos de la Ley Aduanera, por lo que, en aquellos casos en los que el contribuyente efectuó la importación mediante los servicios de un tercero, pero el pedimento no fue emitido a nombre del contribuyente, éste no reúne los requisitos para acreditar que efectivamente se realizó el pago del impuesto por la importación.

Por lo anterior, a efecto de aclarar esta situación y evitar interpretaciones indebidas, se propone reformar el artículo 5o., fracción II, primer párrafo, de la Ley del IVA, con la finalidad de establecer de forma expresa como requisito que el pedimento se encuentre a nombre del contribuyente que pretende efectuar el acreditamiento del impuesto pagado en la importación.

Con los anterior se agregaría lo señalado en negritas en el fundamento siguiente en materia de areditamiento;

Artículo 5o. …

I

II.- Que el impuesto al valor agregado haya sido trasladado expresamente al contribuyente y que conste por separado en los comprobantes fiscales a que se refiere la fracción III del artículo 32 de esta esta ley. Tratándose de importación de mercancías, el pedimento deberá estar a nombre del contribuyente y constar en éste el pago del impuesto al valor agregado correspondiente;

  Sigo considerando que en materia de IVA lo propuesto por el Ejecutivo Federal, pocos ajustes tendrá, atentos al proceso legislativo.

Miguel Chamlaty

www.actualizandome.com

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