Avanzando con el tema de la autofacturación y las actividades en las cuales puede ejercerse, vamos a proceder con la regla 2.4.3 en su fracción IV que indica; IV.-Enajenen vehículos usados, con excepción de aquéllas que tributen en los términos de las Secciones I y II, del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR. Es de recordar…
Autofacturación en la enajenación de vehículos usados.
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