Ajustando la tarifa del ISR para el ejercicio 2018.

por chamlaty

El 20 de octubre de 2017 la cámara de diputados aprueba la LEY DE INGRESOS 2018 y en las consideraciones dictaminadas expresaron lo siguiente, aunque no se reflejó de manera directa en los articulados de la LIF 2018;

Por otra parte, es importante destacar que conforme al artículo 152 de la Ley del Impuesto sobre la Renta se prevé que la tarifa de las personas físicas se debe actualizar una vez que la inflación acumulada supere el 10% desde la fecha en la que se actualizó por última vez.

Dicha actualización entrará en vigor a partir del 1 de enero del ejercicio siguiente en el que se haya presentado el mencionado incremento. En enero de 2017, la inflación acumulada desde diciembre de 2013 excedió el 10%, por lo que de acuerdo con la Ley del Impuesto sobre la Renta, la tarifa aplicable a las personas físicas debe actualizarse a partir del 1 de enero de 2018 por las autoridades fiscales.

 

 Con base en lo anterior la probable tarifa mensual del ISR para el 2018 sería la siguiente;

Límite inferior Límite superior Cuota fija Por ciento para aplicarse sobre
el excedente del límite inferior
$ $ $ %
0.01 569.05 0.00 1.92
569.06 4,829.80 10.92 6.40
4,829.81 8,487.94 272.80 10.88
8,487.95 9,866.86 670.80 16.00
9,866.87 11,813.34 891.43 17.92
11,813.35 23,825.81 1,240.24 21.36
23,825.82 37,522.75 3,806.10 23.52
37,522.76 71,694.40 7,034.68 30.00
71,694.41 95,592.53 17,277.17 32.00
95,592.54 286,777.62 24,924.57 34.00
286,777.63 En adelante 89,927.51 35.00

Hagamos unos comparativos del ISR con anterior tarifa y la del 2018.

     Con una cantidad de $8,000.00    ISR 2017   690.30      ISR 2018  617.72

Con una cantidad de $15,000.00  ISR 2017  2,094.88   ISR 2018 1,920.91

Con una cantidad de $26,000        ISR 2017  4,557.45    ISR 2018 4,317.47

Como podemos observar si se da una baja en el ISR a determinar por el ajuste a la tarifa en un rango del 5% al 12%, mientras mayor ingreso es menor la disminución.

    Por lo toca al subsidio para el empleo su fundamentación no contempla la actualización de dicha tabla.

    Habrá que estar atentos a la publicación oficial del anexo 8 de la resolución miscelánea para el 2018 que contemplará ya la tarifa ajustada.

    Atento a sus comentarios.

 

    Miguel Chamlaty

www.actualizandome.com 

 

PD con fecha  29 de diciembre de 2017 se publica el anexo 8 y queda de la siguiente forma la tarifa mensual;

 

Descarga el anexo 8 para tener las tarifas actualizadas para el año 2018 clic aquí.

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