Recordemos que la autoridad tiene 3 meses para resolvernos el recurso de revocación acorde al artículo 131 del CFF, que señala; La autoridad deberá dictar resolución y notificarla en un término que no excederá de tres meses contados a partir de la fecha de interposición del recurso. El silencio de la autoridad significará que se ha confirmado el acto…
Confirmación ficta en el recurso de revocación. ¿Y la expresa puede surgir?
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