Y lo arbitrario se establece legal; 31-A CFF ¿supliendo el DICTAMEN FISCAL?

por chamlaty

  Y se prórroga su entrega inicial a enero 2015 comunicado SAT y  nueva prórroga hasta abril 2015. 7ma modificación en su artículo noveno Y  para ponerle la cereza al pastel de la situación que se esta viviendo en 2014 en materia fiscal, en donde vía Reglas Misceláneas, decretos, criterios, pantallazos, se le impone al contribuyente una diversidad de supuestos y…

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7 Comentarios

Areli Torres 29 octubre, 2014 - 12:30 PM

Chulada de autoridades tenemos, un articulo que no dice que obligaciones son las que debo presentar, una regla que me dice en que fechas debo presentar información, pero que en ninguna parte decía cual era esa información y después de todo eso un formato por demás absurdo….. pero eso sí si no cumples con los caprichos del SAT en tiempo, te puedes quedar sin contratar obra pública….Tengo entendido que ya en el chat del SAT están diciendo que solo si efectúas esas operaciones, tendrás que enviar la información…. a lo que me surge la duda, cómo sabrá el SAT si estoy o no obligado a la hora de emitir la opinión de cumplimiento?. En fin, como bien dice Maestro: «la cereza del pastel»…

RODRIGO MARMOLEJO 30 octubre, 2014 - 10:21 AM

PERO PUES NO NADA MAS PARA LOS QUE CONTRATAN OBRA PUBLICA, YO CREO PUEDE IR MAS ALLÁ, POR EJEMPLO A LOS AGENTES ADUANALES, Y QUIZÁS HASTA SUSPENSIÓN DE SELLOS, O SEA QUE NO PUEDAS LLEGAR A FACTURAR, ETC. ETC. MÉXICO LINDO Y QUERIDO

chamlaty 30 octubre, 2014 - 1:22 PM

Tendrían que cambiar la redacción pero seguramente esto evolucionará.

Maria del Carmen Martinez Vicente 12 febrero, 2015 - 10:51 AM

Estimado, me queda una duda porque siento que no esta muy claro en ningun lado.
Pensemos en una enajenacion de acciones. La declaración la presentaría: La persona que compro las acciones, la que las vendio o ambas?

chamlaty 12 febrero, 2015 - 5:35 PM

Entendería que el que esta vendiendolas estimada, pero esperemos el manual que ya deberán de publicarlo.

Maria del Carmen Martinez Vicente 12 febrero, 2015 - 6:23 PM

Ojala, porque tengo un cliente que vendió acciones que tenía en una empresa, y la contadora de esa empresa me envió un correo hace unos días, diciendome que teníamos que presentar esta declaración, por haber vendido las acciones… pero yo siempre lo había visto desde la otra perspectiva, como en el Grupo para el que trabajo la controladora es una SAPI y compramos y colocamos acciones a cada rato, pues al final acabe confundida jajaja

chamlaty 12 febrero, 2015 - 11:35 PM

Habra que esperar más detalles de esto hay muchas inquietudes

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