Suspensión de actividades de personas morales ajuste ante la RM 2019.

por chamlaty

 Recordemos que desde hace algunos años la suspensión definitiva de personas morales ya no es permitida, derivado de dicha situación por reglas misceláneas se nos ha permitido suspender de manera temporal a las personas morales cumpliendo los requisitos que señala la regla  2.5.12.    La suspensión se permite por dos años, y prorrogable un año más por única ocasión,  los…

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5 Comentarios

Areli Torres 22 mayo, 2019 - 7:22 AM

Gracias!
Muy interesante que el SAT quiera dejar evidencia, vía buzón.
Yo conozco una empresa que no tiene actividades, pero sigue activa, desea hacer la suspensión porque ya no genera ingresos, pero tiene gastos como los servicios básicos (luz, agua, etc.).
Que pasa en la práctica, el SAT permite esas suspensiones?
Saludos Maestro!!!

chamlaty 22 mayo, 2019 - 1:28 PM

Y los sigue pagando y tiene iva a favor y de onde sale el $$$, si investigan que no tenga operaciones, si no contestan que no procede

Areli Torres 23 mayo, 2019 - 7:17 AM

Si los siguen pagando, los socios hacen esos pagos, pero no perciben ingresos, administraciones anteriores se acabaron a la sociedad y ahora enfrenta litigios fuertes, está a punto de la ruina total. En lo fiscal presentan todo en ceros porque no tienen $$ para pagar los servicios profesionales, como quien dice «sobreviven».
Considero que no autorizarán la suspensión por esos XML recibidos, pero la verdad no se ha intentado hacerla.
Todo un relajo!

chamlaty 23 mayo, 2019 - 5:30 PM

Dudo que procedan a dar la suspensión con todo lo que comentas, así andan varias empresas tristemente.

Areli Torres 24 mayo, 2019 - 7:28 AM

Si, es complicada la situación de muchas así. Ni hablar… Ojalá no las moleste la autoridad, porque ya de por sí tienen muchos problemas financieros y si algo llega del SAT sería el acabose… Gracias, como siempre. Saludos!

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