PROFECO ¿Autoridad fiscal?

por chamlaty


Por reforma  de fecha 11 de enero de 2018 a la «LEY PROFECO» nos encontramos la siguiente adición;

ARTÍCULO 134 BIS.- Las multas que imponga la Procuraduría serán consideradas créditos fiscales y se ejecutarán por ésta en su carácter de autoridad fiscal bajo el Procedimiento Administrativo de Ejecución previsto en el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento.

Ahora originalmente señalaron que en 180 días iniciarían con dicha facultad, sin embargo,  se modificó para postergarlo, observemos el siguiente comunicado de la PROFECO;

La Procuraduría deberá implementar mecanismos para el pago de multas a través del uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología.

Cuando el infractor pague las multas impuestas dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha de su notificación, se aplicará una reducción de un cincuenta por ciento de su monto, siempre y cuando no se hubiere interpuesto medio de defensa alguno en contra de dicha multa.

 

Boletín 050/2018.- Reconoce Profeco que la Cámara de Diputados apruebe Reforma para asegurar la aplicación para el cobro de sus multas.

Con 342 votos a favor, unánimemente la Cámara de Diputados aprobó la reforma a los artículos transitorios del Decreto de Reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de enero de 2018, con lo cual se amplía de 180 días a 18 meses el plazo para que la Procuraduría realice los trámites y ajustes presupuestales pertinentes para asegurar la efectiva aplicación de su nueva facultad para el cobro de multas.

La aprobación de esta iniciativa, presentada por los diputados Jorge Enrique Dávila Flores y Carlos Iriarte Mercado, es una trascendental contribución en favor de los derechos de los consumidores y se definirá en próximas fechas en el Senado de la República.

Ciudad de México. – La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) reconoció la aprobación ayer en la Cámara de Diputados, con 342 votos a favor por unanimidad, de la iniciativa de reforma a los artículos Cuarto y Quinto Transitorios del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), lo cual amplía de 180 días a 18 meses el plazo para que inicie con el cobro de multas y créditos fiscales.

La aprobación de esta iniciativa, presentada por los diputados Jorge Enrique Dávila Flores y Carlos Iriarte Mercado, es una trascendental contribución en favor de los derechos de los consumidores y se definirá en próximas fechas en el Senado de la República.

El dictamen, enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, modifica los artículos Cuarto y Quinto transitorios del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de enero pasado.

Dicho decreto otorgó a la Profeco carácter de autoridad fiscal, con atribuciones para llevar a cabo el Procedimiento Administrativo de Ejecución, que conforme a los artículos Cuarto y Quinto transitorios entraría en vigor a los 180 días siguientes, contados a partir de que se encuentre vigente.

Sin embargo, dicha atribución entraña una importante carga administrativa para las unidades existentes de la Profeco, en adición a las funciones que tienen asignadas, ya que deben llevar a cabo el Procedimiento Administrativo de Ejecución, situación que hace inaplicable su implementación.

En ese sentido, debe considerarse que el carácter de autoridad fiscal no es tarea menor, y dado que la estructura de la Profeco está determinada en función de atribuciones que no incluían la ejecución de multas, resulta indispensable generar una adecuación en sus distribuciones organizacionales y estructurales, a fin de que pueda cumplir cabalmente con las disposiciones establecidas en la reciente reforma.

En tanto entren en vigor las reformas a los reglamentos de la Ley Federal de Protección al Consumidor y de la Profeco, la aplicación de las multas continuará conforme al régimen actual, por conducto del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

La Profeco trabaja actualmente ya en otras actividades de la nueva Ley Federal de Protección al Consumidor que han podido implementarse desde su promulgación.

Reforma de fecha 11 de enero «LEY PROFECO», clic para descargar.

Iniciativa para reformar el decreto del 11 de enero, clic para su descarga.

Dictamen fiscal para reformar el decreto del 11 de enero, clic para su descarga.

Aprobado en la Cámara de Diputados con 341 votos en pro, el jueves 19 de abril de 2018. 
Aprobado en la Cámara de Senadores con 72 votos en pro y 15 en contra, el jueves 26 de abril de 2018. 
Pasa al Ejecutivo federal para los efectos constitucionales. 

 Se publica el 25 de junio  2018, clic aquí.

   Dicho tema fue parte de la sesión mensual AMCPMX-ANAFINET- ACTUALIZANDOME.COM celebrado el 22 de junio de 2018, sesión de dos horas que encontrarán de manera completa el material y video en www.cti.actualizandome.com

    A continuación una breve cápsula realizada al finalizar la sesión;

   

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  Seguiremos atentos al tema.

Miguel Chamlaty

www.actualizandome.net 

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